lunes, 15 de septiembre de 2008

Análisis de Caso 1: La cafetera automática de General Electric

Preguntas Caso General Electric.

Lanzaron una cafetera automática en 1981 generaron 9 millones de estas, se presentaron problemas en su funcionamiento y a causa de ello se presentaron 400 incendios, ellos solo admitieron que 40 de los incendios fueron por su cafetera. Recién en 1991 es retirada del mercado esta linea de cafeteras. Se debate si los funcionarios de G.E, supieron desde 1980 esos inconvenientes, por qué no asumieron su responsabilidad y más encima, negaban los hechos dejando la cafetera por 12 años en el mercado

1. ¿Afrontó GE su obligación social básica con el problema de su cafetera? Explíquelo.
R/ No porque no tuvo en cuenta suplir las necesidades de sus clientes de una manera responsable, pues la ética empresarial se basa en brindar a los clientes un producto o servicio adecuado y que no ponga en riesgo la calidad de vida o la vida misma de las personas. En el artículo de "Sin ética no hay negocio" nos queda claro que la función de una empresa no es sòlo hacer dinero en un periodo corto de tiempo, sino afianzar una empresa para que por medio de su credibilidad y confianza, se mantenga y cumpla la función social de dar un servicio o producto no engañoso y útil a sus clientes.

2. ¿Cuál sería la causa de que la gerencia de GE ignorara el peligro asociado con este producto?

R/ La irresponsabilidad y el apuro por lanzar un producto novedoso que creían iba a generar grandes utilidades sin tener en cuenta la calidad y el servicio de este producto y de las consecuencias, no aplicaron el principio de racionalidad teleológica que tiene en cuenta, los fines, los medios, los valores y las Consecuencias.

3. Si GE es culpable de negar y encubrir un producto defectuoso, ¿los administradores deben ser castigados? ¿Cuál piensa que debe ser el castigo adecuado?
R/ Creo que los consumidores a través de un derecho de petición lo hubieran reclamado, pero si esto no se hubo solucionado, debieron recurrir a la Acción de Tutela, por vulneración y daño a los derechos humanos fundamentales, como es la salud y la vida. También por publicidad engañosa debieron ser sentenciados y sobretodo haber retirado el producto inmediatamente del mercado, no sé por qué estuvo 12 años como si nada, ya que normalmente esto acarrea multas graves, condonaciones a las personas afectadas, incluso la cárcel, porque se lesionan los derechos humanos a causa de la venta engañosa de un producto, afecta contra la labor social de una empresa: Dar comodidad y servicio al cliente.

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